Los efectos presupuestarios de la reforma de pensiones de 2021-23: i) Las medidas del Real Decreto-ley 2/2023

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Tras varios meses de negociaciones, la reforma del sistema de pensiones comenzada en 2021 se ha cerrado con la convalidación del Real Decreto-ley (RDL) 2/2023 (BOE, 2023). Las principales medidas recogidas en esta norma incluyen modificaciones en el cálculo de la pensión inicial, una fuerte subida de las bases máximas de cotización (el “destope”, para abreviar), la introducción de una cuota de solidaridad sobre las rentas salariales más altas, la mejora de las pensiones mínimas y un endurecimiento del mal llamado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Antes de la aprobación del texto, Fedea publicó algunos “cálculos de urgencia” sobre los posibles efectos de la reforma. Tras un análisis más pausado, publicaremos ahora una serie de documentos cuantificando los efectos de las distintas fases de la reforma sobre los ingresos y gastos del sistema público de pensiones. Esta entrada resume las principales conclusiones del primero de estos documentos (de la Fuente, 2023), que se centra en esta última tanda de medidas. Sus resultados confirman y refuerzan nuestra conclusión original: el texto reduce el desequilibrio esperado del sistema durante los próximos años, pero sólo de forma modesta, quedándose por tanto muy lejos de garantizar su sostenibilidad, como a menudo se proclama.

Las principales novedades con respecto a nuestras proyecciones preliminares son dos. En primer lugar, nuestra estimación del coste de la mejora de las pensiones mínimas ha aumentado significativamente al tener en cuenta que la nueva norma no supone únicamente un incremento puntual en sus cuantías, sino también un cambio importante en su regla de evolución, pues estas prestaciones pasan de actualizarse con la inflación a ligarse (aproximadamente) al crecimiento de los salarios medios, dado que el umbral de pobreza que a partir de ahora determinará su cuantía se calcula a partir de los ingresos medios (medianos, en realidad). En segundo lugar, observamos que el incremento de ingresos generado por la subida de las bases máximas de cotización desaparece cuando se calcula con respecto a la proyección de ingresos del último Informe de Envejecimiento de la Comisión Europea (el Ageing, para abreviar), que sería la referencia más apropiada de cara a las evaluaciones trienales que exige el nuevo MEI. La razón es que las proyecciones del Ageing ya suponen un crecimiento de la base máxima de cotización que sería ligeramente más rápido que el establecido en el decreto.

El Gráfico 1 resume los resultados del trabajo. En él se muestran las sendas de gastos e ingresos incrementales generadas por las medidas recogidas en el decreto y el ahorro neto obtenido en cada año hasta 2050, calculando inicialmente los efectos del “destope” con respecto a un escenario en el que la base máxima de cotización se mantiene constante en términos reales. Con líneas de trazo discontinuo se muestran también las sendas de ingresos incrementales y ahorro neto con respecto al escenario de referencia del Ageing Report de 2021, que a nuestro entender sería la referencia correcta para analizar los efectos de esta última fase de la reforma sobre la evolución prevista de las cuentas del sistema.

Referencias

de la Fuente, A. (2023). “Los efectos presupuestarios de la reforma de pensiones de 2021-23: i) Las medidas del Real Decreto-ley 2/2023.” FEDEA, Estudios sobre la Economía Española no. 2023-09. Madrid.

BOE (2023). Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

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