Situación económica y respuesta a la crisis de Ucrania

Boletín Fedea no. 21

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Este post es un breve resumen del Boletín Fedea no. 21 (de la Fuente, 2023). La primera parte del informe repasa algunos indicadores que resumen la evolución de la actividad económica, el empleo, los precios y las finanzas públicas en lo que va de año, comparándola con la de períodos similares de los últimos ejercicios. La segunda parte se dedica al análisis y valoración de las principales medidas tomadas por el Gobierno español para mitigar los efectos de la guerra de Ucrania.

La economía española sigue atravesando un momento delicado, aunque las expectativas han mejorado en los últimos meses gracias en buena parte a la favorable evolución de los precios energéticos que, por primera vez en muchos meses, ha invertido el signo del shock externo al que nos enfrentamos. El crecimiento del PIB en 2022 ha sido mayor de lo esperado, acercándonos ya a la recuperación de los niveles de actividad anteriores a la pandemia, y aunque los indicios de desaceleración son claros, comienza a parecer posible que podamos sortear la recesión que se esperaba en los próximos meses. La evolución del empleo está siendo también mejor de lo esperado, aunque una lectura cuidadosa de los indicadores disponibles apunta a la necesidad de una cierta precaución frente a lecturas triunfalistas del comportamiento de esta variable. Lo mismo es cierto en el ámbito de la inflación. El buen comportamiento de los precios energéticos ha contribuido mucho a la rápida reducción de la inflación general en la última parte del año, pero la tregua podría ser sólo temporal y, en cualquier caso, la inflación subyacente continúa aumentando y no hemos despejado el peligro de un posible enquistamiento vía una espiral de precios y salarios. Los tipos de interés, por su parte, continúan su escalada y, junto con los elevados precios de muchos productos básicos, generan una presión creciente sobre los presupuestos familiares.

En esta situación, la atención del Gobierno sigue centrándose, lógicamente, en cómo ayudar a hogares y empresas a hacer frente a las consecuencias de la crisis, con especial atención a los más vulnerables. Desde el anterior número de este Boletín dedicado al tema, se han extendido o reforzado muchas de las medidas tomadas con anterioridad en materia de ayudas a los sectores y hogares más afectados por la inflación y en relación con la rebaja de la tributación energética. Entre las medidas prorrogadas destacan los descuentos en los abonos de transporte público, las rebajas de la carga fiscal sobre la electricidad y el gas, ciertas ayudas a colectivos vulnerables, incluyendo los complementos extraordinarios al IMV y a las pensiones no contributivas, y el mecanismo de minoración de la retribución de productores eléctricos no gasistas. La medida más importante que el Gobierno ha dejado expirar sin prorrogarla ha sido la bonificación general de 20 céntimos por litro a los combustibles, que se sustituye por una serie de ayudas específicas para los sectores más afectados: el transporte, la agricultura y la pesca. El último decreto anticrisis también introduce algunas medidas nuevas, entre las que destacan la eliminación o reducción temporal del IVA sobre ciertos alimentos básicos y una ayuda directa de 200 euros a las personas de renta baja no cubiertas por otras ayudas. En total, se calcula que el decreto movilizará recursos públicos (posiblemente incluyendo préstamos) por un importe total de en torno a los 10.000 millones de euros.

En línea con nuestro análisis en boletines anteriores, valoramos muy positivamente la substitución de la bonificación general a los combustibles por una batería de medidas específicas dirigidas a los sectores más afectados, lo que redundará en un ahorro sustancial de recursos públicos, incentivará el ahorro energético y mejorará el impacto distributivo de las ayudas. Convendría, sin embargo, aplicar la misma lógica en el caso de las rebajas de los impuestos sobre la energía y los alimentos básicos, que deberían sustituirse por ayudas directas y selectivas. Según nuestros cálculos (véase López Laborda, Marín y Onrubia, 2023), si sustituyéramos la rebaja del IVA por ayudas directas concentradas en el 40% de los hogares con menores ingresos, el coste de la medida se reduciría a un tercio del actual o, alternativamente, podríamos multiplicar por tres la ayuda media por hogar beneficiario con el mismo coste agregado. Sería importante, sin embargo, asegurarnos de que tales ayudas llegan con rapidez a todos sus destinatarios, incluyendo los menos informados. Como ya se ha destacado en algún Boletín anterior, para conseguirlo sería necesario invertir en un sistema que permita realizar con rapidez envíos de fondos, vía transferencia o menores retenciones del IRPF, a colectivos determinados de acuerdo con condiciones objetivas, como nivel de renta y el tamaño del hogar, sin necesidad de que las personas elegibles tengan que realizar una solicitud expresa, lo que retrasa la llegada de las ayudas y tiende a dejar sin ellas a muchos de los que más las necesitan.

Las medidas más problemáticas adoptadas en los últimos meses han sido de carácter tributario. Los nuevos gravámenes sobre los ingresos de las grandes empresas energéticas y entidades financieras y el impuesto complementario estatal sobre el patrimonio se han aprobado justo a finales de año sin grandes cambios sobre lo anunciado hace unos meses. Un problema no menor de la ley que los introduce tiene que ver con su apresurado y nada ortodoxo procedimiento de tramitación. Con el fin de evitar los informes y filtros habituales, la norma se ha tramitado como proposición de ley (en lugar de como proyecto de ley) y se ha llegado incluso al extremo de crear una nueva figura tributaria en pocos días y sin filtro alguno a través de una enmienda a un texto ya en estado avanzado de tramitación en el que nada se decía sobre ella. Cuestiones procedimentales aparte, los tres nuevos impuestos son muy cuestionables por razones que ya hemos discutido en boletines anteriores y en publicaciones relacionadas (véase por ejemplo de la Fuente, 2022). Lo más preocupante del texto es la flagrante arbitrariedad de unas exacciones a dedo sobre ciertas empresas en determinados sectores que no respetan el principio de igualdad y no se ligan a factores objetivos, fundamentándose sólo en meras presunciones y en prejuicios ideológicos, en clara violación de la Constitución y de la Ley General Tributaria. El texto contrasta muy desfavorablemente con la Regulación comunitaria que permite un impuesto de solidaridad sobre los beneficios extraordinarios de las empresas energéticas, calculados con criterios claros, y debería adaptarse a ella.

Referencias

de la Fuente, A. (2023). “Boletín FEDEA no. 21: Situación económica y respuesta a la crisis de Ucrania.” FEDEA, Estudios sobre la economía española, no. 2023-04, Madrid.

de la Fuente, A. (2022). “Comentario a la Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales sobre determinadas empresas energéticas y entidades de crédito.” FEDEA, Colección Apuntes no. 2022-20. Madrid.

López Laborda, J., C. Marín González y J. Onrubia (2023). “Efectos recaudatorios y distributivos de la reducción de los tipos del IVA a determinados productos de alimentación.” FEDEA, Colección Apuntes no. 2023-02. Madrid.

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