Las implicaciones financieras de un concierto catalán

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Esta entrada resume una nota de Fedea en la que se analizan las posibles implicaciones financieras del reciente acuerdo entre el PSC/PSOE y ERC para el establecimiento de un sistema de concierto en Cataluña a cambio de la investidura de Salvador Illa. Aunque habrá otras repercusiones importantes, el impacto financiero del acuerdo dependerá de cómo se modifique la aportación catalana a la caja común con el cambio de sistema. Este dato, por supuesto, no se conoce a priori, pero sí sabemos lo que reclaman los independentistas, y eso nos puede ayudar a hacernos una idea del rango de posibles resultados.

Una referencia importante en este sentido es la recurrente reivindicación nacionalista de eliminar el déficit fiscal de la comunidad con el Estado, o más bien la estimación de esta magnitud que la Generalitat calcula todos los años por el cuestionable procedimiento del flujo monetario. De acuerdo con la última estimación del Govern, la brecha entre lo que la comunidad aporta a y recibe del Gobierno central rondaría los 22.000 millones de euros, casi el 10% del PIB. Es importante observar que esta estimación, a la que de aquí en adelante denominaré el déficit de máximos para abreviar, está muy sesgada al alza. Para el último año en el que la comparación es posible (2014), el déficit de máximos que estima la Generalitat fue un 65% superior al calculado por el Ministerio de Hacienda con un enfoque de carga-beneficio que es lo más parecido a un estándar metodológico internacionalmente aceptado que existe en esta literatura. De haberse mantenido este sesgo, la eliminación del déficit de máximos supondría, de hecho, dejar a la región con un superávit de unos 8.700 millones de euros con el criterio de carga-beneficio. Esto es, concederle una subvención nada desdeñable a una comunidad rica.

Pese a tratarse de un cálculo muy cuestionable, la estimación de máximos del déficit fiscal que elabora la Generalitat se ha convertido en la referencia dominante para el debate público en Cataluña y, como tal, condicionará directamente la actuación de los partidos regionales en la negociación de los parámetros del nuevo sistema. Para buena parte de la militancia independentista, el déficit de máximos es lisa y llanamente lo que el malvado Estado español roba a los sufridos contribuyentes catalanes. En consecuencia, la única solución aceptable a ojos de este colectivo sería la de eliminar por completo el supuesto desequilibrio. El actual Govern de ERC es menos radical, conformándose con una reducción de su aportación a la caja común de entre el 60 y el 80 por ciento del déficit de máximos (desde el 10% del PIB hasta entre el 2 y el 4 por ciento). Finalmente, cabe esperar que el PSC/PSOE muestre una disposición algo mayor que sus aliados a contribuir a la solidaridad interterritorial, pero no ha dicho hasta dónde querría llegar y no está claro qué margen de actuación puede tener sin perder el apoyo de sus socios. Siendo muy optimistas, se podría quizás esperar que el PSC apueste por reducir a la mitad la exigencia mínima de Esquerra, al menos en un primer momento, con el fin de hacer la propuesta más digerible para la militancia del PSOE, entre otros.

Así pues, cabe esperar que el acuerdo se cierre con un objetivo de reducir la aportación catalana a la caja común entre un 30 y un 60 por ciento del objetivo máximo nacionalista de 22.000 millones anuales, esto es, con un trasvase neto de recursos hacia Cataluña de entre 6.600 y 13.200 millones de euros anuales. A largo plazo, las cosas pintan aún peor porque el cambio en las reglas reforzará a la Generalitat frente al Gobierno central. En cuanto el Gobierno regional tenga realmente el dinero en la mano, la aportación a la solidaridad se irá reduciendo en sucesivas rondas negociadoras y podría tender a cero, con especial rapidez cuando la Generalitat esté presidida por los independentistas.

El Cuadro 1 resume los resultados del análisis. La columna [1] describe la situación actual. En la columna [2] se aplicaría el régimen de concierto, pero con un cupo calculado para dejar inalterado el reparto actual de recursos entre las dos administraciones. A partir de ahí, según nos movemos hacia la derecha en la tabla, el cupo se reduce (al descontar un porcentaje mayor de la estimación de máximos del déficit fiscal) y la financiación neta de la Generalitat aumenta, pasando sucesivamente de un nivel inicial normalizado a 100 a niveles de 125, 151 y 185, mientras que su aportación a la caja común se reduce hasta llega al 32% de su valor original. Puesto que la financiación homogénea por habitante ajustado de Cataluña en la situación inicial está muy cerca de la media del régimen común, el índice de la segunda fila puede interpretarse también como un indicador de la financiación relativa por habitante ajustado de Cataluña según reducimos su aportación a la caja común. Obsérvese que bastaría con una reducción de la aportación del 30% del déficit de máximos para situar a Cataluña a la cabeza de la distribución de la financiación por habitante ajustado dentro del actual territorio de régimen común (con una financiación relativa de 125), y que aumentar la reducción hasta el 100% del objetivo de máximos llevaría a la comunidad a una situación similar a la que ahora disfrutan las comunidades forales, con un índice de financiación relativa cercano a 200.

Los costes del cambio de sistema para el resto del país podrían afrontarse de distintas formas. Con los supuestos de la columna [4], si el Estado recurriera a una subida del IRPF para compensar la pérdida de recursos sin afectar a la financiación autonómica o reducir su gasto, tendría que incrementar en un 29,5% la recaudación del tramo estatal del impuesto en lo que quedaría del territorio común tras la salida de Cataluña. Si, en su lugar, optase por aceptar la caída de ingresos y la trasladase íntegramente a la financiación de las demás CCAA, ésta tendría que reducirse en un 10,7% en promedio. Con los supuestos de la columna [3], estos porcentajes se reducirían a la mitad, pero seguirían siendo apreciables.

Finalmente, resulta obvio que los problemas se agravarían muy considerablemente si el nuevo sistema se extendiera a Madrid y Baleares, las otras dos regiones que son contribuyentes netas al SFA. El Estado perdería 37.500 millones de euros adicionales en ingresos tributarios y si los correspondientes cupos se negociasen con criterios similares a los que quieren imponer los nacionalistas catalanes, los ingresos netos del Estado se desplomarían.

En resumen, a la espera de que se concreten los detalles del acuerdo ERC-PSC, una conjetura informada sobre sus efectos financieros a medio plazo apuntaría hacia un trasvase anual de entre 6.600 y 13.200 millones de euros desde la caja común del Estado hacia la Hacienda catalana, lo que elevaría la financiación homogénea de la Generalitat entre un 25 y un 50 por ciento. Puesto que Cataluña parte de un índice de financiación homogénea por habitante ajustado de 101 en 2022 (frente a una media de 100 para el conjunto de las comunidades de régimen común), la medida la situaría, otras cosas iguales, claramente por encima de cualquier otra comunidad no foral. Extender la medida al resto de las comunidades de régimen común en las mismas condiciones costaría entre 31.000 y 62.000 millones de euros adicionales. Un pico. El dinero que se quiera destinar a mejorar la financiación de Cataluña (y la de otras comunidades, en su caso) tendrá que salir de algún sitio. Si ninguna comunidad puede perder financiación, el Estado tendrá que ajustar a la baja su gasto, reduciendo las prestaciones de su competencia, como las pensiones o la defensa, o aumentar (ahora o en el futuro) la presión fiscal sobre la menguante parte de la población que siga estando sujeta a sus tributos.

Referencias

de la Fuente, A. (2024). “Las implicaciones financieras de un concierto catalán: Algunos datos y cálculos orientativos.” FEDEA, Colección Apuntes no. 2024-21. Madrid.

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